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El desprecio de la justicia a un niño de 9 años con autismo (actualizado)

Actualizado: 25 mar 2024


JDO. INSTRUCCION N. 4 de Guadalajara

HABEAS CORPUS

[HC] 0000002/2022

CUESTIÓN INCIDENTAL PREVIA A RECURSO DE AMPARO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.





DON LUIS DE MIGUEL ORTEGA en nombre y representación que consta en Apud Acta de Don Ant y Doña Sus , y del menor Don Mar de 9 años, en tiempo y forma comparecen ante ese Juzgado y dicen:


PRIMERO:

En la mañana del 28 de septiembre se envía vía Lexnet, solicitud de habeas Corpus frente a la detención ilegal -privación de libertad- del menor con discapacidad Don Mar . Que entra en registro a las 11 de la mañana.


SEGUNDO:

Es este letrado quien tiene que llamar a las 12 del mediodía al Decanato y al Juzgado de Guardia para comprobar su recepción y admisión por cuanto habiendo llegado al Juzgado de destino. Me dicen en el Juzgado de Guardia que sí ha llegado escrito, pero solo se me envía recepción del mismo a las 13:12. es decir, en ese Juzgado se sigue una extraña tramitación que genera indefensión. Es a esa hora, las 13:10 que se recibe llamada del Juzgado para convocar a una vista. Este letrado avisa al funcionario que necesita tres horas para el desplazamiento e inmediatamente se pone en marcha desde su domicilio de Burgos. No recibimos ninguna comunicación escrita por parte del juzgado, ni decreto, ni Diligencia de Ordenación ni Citación. Aviso a los solicitantes y a la letrada que también firma la solicitud. Ella tampoco recibe ninguna notificación.


TERCERO:

A las 14:30 la Letrada Yu y los solicitantes Ant y Sus se personan en el Juzgado de Guardia para hacer los apoderamientos y se les dice que la vista se celebrará inmediatamente. Se solicita videconferencia pero S.Sª estima improcedente, sin justificar el motivo por el que un letrado personado y apoderado no pueda estar en la vista.


CUARTO: Irregularidades graves:

  1. Se celebra la vista sin uno de los letrados apoderado.

  2. El letrado se desplaza 300 kilómetros de ida y otros tantos de vuelta para ser ninguneado por S.Sª

  3. La actitud de S.Sª es de absoluto desprecio al letrado, a los clientes y al menor detenido.

  4. No se le entrega el expediente judicial a la letrada que asiste a la vista, con lo que se le genera la imposibilidad de defender a su cliente.

  5. No se permite hablar ni preguntar a la letrada, con lo que se impide defender a su cliente.

  6. El juzgador no trae a su presencia al menor detenido, ni lo examina.

  7. Siendo el menor detenido una persona con discapacidad, no despliega los ajustes necesarios, ni las medidas pertinentes para ser escuchado.

  8. Siendo el menor una persona con discapacidad, no se dispone de ningún medio para que sea escuchado, ni se le nombra defensor judicial que lo defienda y represente.

  9. S.Sª no resuelve sobre la petición de prueba solicitada por los letrados pero deniega su práctica.

  10. S.Sª inadmite la solicitud de Habeas Corpus sobre la base de que la detención del menor y su internamiento, fue notificado -aunque tarde- a los padres. Independientemente de la notificación o no de la detención, el objeto del Habeas Corpus no es verificar el cumplimiento de formalidades, sino la protección sumaria de Derechos Fundamentales relacionados con una posible detención ilegal.

  11. Es Doctrina consolidada del Tribunal Constitucional como advertimos en nuestra solicitud, que no se puede inadmitir a límine una solicitud de Habeas Corpus y al mismo tiempo en el fondo del asunto sin cumplir con los principios de prueba y contradicción.

  12. Terminada la vista, a las 15:00 se dice a los solicitantes que esperen a la resolución por escrito. Son las 17:00 y la resolución por escrito no llega.

  13. Habiendo regresado este letrado a su domicilio a las 20:00, la resolución aun no ha llegado por Lexnet.

QUINTO: Gravedad

El objeto ante el que nos encontramos relacionado con una posible ilegal privación de libertad de un menor con discapacidad, con 9 años separado de sus padres por los Servicios Sociales en condiciones de abuso cuando no en un comportamiento absolutamente ilícito, no merece el más mínimo respeto para el Fiscal compareciente y la Juzgadora, violando en derecho a la Tutela Judicial Efectiva de mis representados y del menor, así como la protección sumaria y preferente que establece la Constitución en su art. 53.2 como un mandato imperativo a Jueces y Tribunales.

Queda claro para esta parte, no solo que se ha frustrado el derecho sino la más elemental expectativa de derecho ya que la Juzgadora solo se ha preocupado de dar apariencia de legalidad a una vista claramente fraudulenta e inútil, con el incomprensible apoyo del Ministerio Fiscal que abandona no solo la legalidad ordinaria procesal, sino también la encomienda de proteger a las personas con discapacidad y a los menores.


Por lo expuesto SOLICITO tengan por presentado este incidente y en su virtud:

1) Se acuerde el traslado a esta parte de todo el expediente de tramitación del Habeas Corpus presentado

2) Se nos entregue la resolución del Habeas Corpus que se nos debe.

3) Sean apercibidos de la inmediata presentación de Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional y de demanda ante el Comité de Derechos del Niño, así como de acciones disciplinarias contra la Juez y la Fiscal intervinientes en el procedimiento.


En Burgos a 28 de septiembre de 2022


ACTUALIZACIÓN

1) La juzgadora ha resuelto el Habeas Corpus a las 24 horas de su inicio, es decir, en el tiempo máximo permitido.

2) La juzgadora dijo ayer a la familia que esperasen en el pasillo a que les diesen la resolución (solo querían tomarles el pelo y cabrearlos y por eso nos fuimos).

3) No nos dan copia de expediente sino que nos reenvían a otra plataforma digital (el expediente deberíamos haberlo tenido ayer antes de la vista)

4) Se inadmite el Habeas Corpus, cuando la juzgadora no puede entrar en el fondo del asunto para inadmitir.


Esta es la Justicia en Guadalajara. esta es la Justicia en España.


P.D.: Los padres de este niño, son de las personas más dulces y buenas que he conocido y quieren a su hijo con locura y lo cuidan con amor.

14 Comments


Brutal el pasotismo de algunos funcionarios de justícia.... Que a sabiendas de que proceden mal, siguen delante.... Brutal y triste... A parte se que estos funcionarios deberían ser sancionados y/o castigados por dicho abuso.

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Humano
Oct 03, 2022

Pero bueno…por qué motivo les han separado del hijo? Y si un panel de abogados no puede hacer nada ….Entonces? Es una locura, te obligan a pensar en el uso de la fuerza , pero cual? La policía y el ejército son sus siervos. También los medios de comunicación En la dictadura anterior se podía apelar a ministros de la Iglesia , aún me acuerdo de situaciones desesperadas, pero hoy en día solo tenemos los medios de difusión individual para decirnos unos a otros cosas que suceden pero estamos todos tan lejos unos de otros .. Un comentario significa algo de fuerza ?

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Unknown member
Sep 30, 2022

¿Cómo puedo ayudar para que ésto no ocurra más, como ciudadana responsable?

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Eva
Sep 29, 2022

Buenas tardes, Luis. Ante esta realidad tan torturadora, sólo podemos creer que tu trabajo y la lucha de estos padres tendrá resultados positivos para este niño, sus padres y para ti, y valdrán de ejemplo a todos los padres y personas que luchan por sus derechos. De nuevo, te doy mucho ánimo para seguir luchando contra este sistema tan putrefacto y que lo que desea es nuestra rendición. Un fuerte abrazo.

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Fernando Martos
Sep 29, 2022

La degeneración política de España y consecuentemente degeneración de la justicia, no es otra cosa que la putrefacción del sistema = Partidocracia.

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