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Un resumen de los casos con los que acosan a la Dra. Popel

Actualizado: hace 5 días


Vamos a hacer un resumen de los asuntos con los que acosan a la Dra. Popel.

A estas alturas, es difícil comprender la gigantesca maquinaria que se ha puesto en marcha para destruir a la Dra. Popel. Pero vamos a intentarlo porque dicha maquinaria es tan grande como torpe.




Vamos por partes:

La Dra. Popel es una médico ejemplar. Trabaja en la sanidad pública, hace formación, asiste a congresos y se pone todas las vacunas. Es una chica buena del sistema, que trata de mejorar la asistencia sanitaria dentro del sistema en el servicio de urgencias hospitalarias en el hospital de Menorca en el que tiene plaza.

Llega la pandemia y empieza a ver las incongruencias del sistema, el miedo o la pantomima irracional y después de la "campaña" "voluntaria" de vacunación, empieza a ver en urgencias la llegada importante de personas con síntomas postvacunales. Se asusta y avisa de que lo que se está viendo no es normal, y no es la única, porque a fuerza de realidad, la vacuna de Astra Zéneca, termina siendo retirada del plan de vacunación. Hablar con gerencia, con el colegio y por último con la prensa, le causa los perjuicios que vamos a ver.


1) PRIMER EXPEDIENTE EN EL HOSPITAL MATEU ORFILA (4 PROCEDIMIENTOS)
  1. En primer lugar, se abre un expediente disciplinario contra la Dra. Popel por:

    1. Dar un mitin político a una paciente (vacunada que acude a urgencias por miedo a los efectos secundarios de la vacuna. La paciente afirma que la atención fue correcta y adecuada).

    2. Revelar datos secretos del hospital (hablar de lo que sucede en urgencias con los casos de vacunados)

    3. Emplear medios públicos para un interés particular (salir en prensa con el pijama de trabajo)

    4. Como tramitan mal y no resuelven, se presenta el primer procedimiento:

      1. JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 PALMA DF DERECHOS FUNDAMENTALES 0000005 /2021

      2. El Fiscal informa de que no cree que haya existido ningún tipo de revelación de secretos y que lo manifestado por la Dra. Popel se encuentra dentro de su libertad de expresión.

      3. La administración resuelve el expediente y nosotros renunciamos a seguir con este procedimiento para empezar otro más amplio.

  2. Se resuelve el expediente disciplinario y presentamos demanda contra la Consejería de Sanidad de Islas Baleares.

    1. JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 3 PALMA DE MALLORCA PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000153 /2022 Sobre FUNCIONARIOS PUBLICOS

    2. Solicitamos como medida cautelar, la suspensión de la sanción por el grave daño que se causaría a la Dra. Popel y la difícil reparación de dicho daño.

    3. Logramos la reincorporación pero el hospital se niega a admitirla porque dice que:

      1. Hay otra sanción del Colegio de médicos que la suspende de colegiación

      2. No puede volver a trabajar antes de disfrutar de sus vacaciones.

      3. Terminadas las vacaciones y aclarado el problema con el colegio, intenta reincorporarse pero sin el uso de mascarilla obligatoria, por lo que se le da un puesto de trabajo alternativo al suyo en Urgencias: calidad asistencial y protocolos hospitalarios.

      4. Demandamos al Hospital por la no adaptación del puesto de trabajo y finalmente se incorpora.

    4. El pleito principal queda pendiente de juicio en junio de 2022, pero a principios de 2024, la Juez titular del juzgado es "reforzada" por una Juez sustituta que asume los juicios relacionados con la Dra. Popel.

  3. Frente a la vuelta al trabajo de la Dra. Popel, la abogada del Gobierno de Islas Baleares presenta recurso de apelación

    1. La abogada del Gobierno es hija de un magistrado de la sala que tiene que resolver

    2. El recurso de apelación duerme dos años sin resolución.

    3. T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD - 001 PALMA DE MALLORCA AP RECURSO DE APELACION 0000554 /2022

  4. Dado que se ha cambiado a la Juez responsable, presentamos escrito de recusación contra la nueva juez que asume el caso:

    1. RECUSACION JUECES T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD 001 - PALMA DE MALLORCA ABS ABSTENCION / RECUSACION JUECES 0000332 /2024 PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000153 /2022

    2. La Juez titular sigue en el juzgado en activo

    3. La nueva juez es de refuerzo y no es quien empezó la causa

    4. La nueva juez ha sido juez sustituta, está colocada a dedo, asume causas que ya están en tramitación, ha sido Directora General de Función Pública del Gobierno Balear.

    5. La nueva juez no puede garantizar imparcialidad ni puede acreditar un motivo válido para sustituir a la titular.

    6. La Juez de refuerzo solicita que se abra expediente disciplinario a este abogado.

    7. La recusación llega a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares

    8. La recusación la debe resolver el Magistrado que es padre de la Abogada del Gobierno Balear...

    9. Advertimos de la necesaria inhibición del Juez por parentesco con la abogada de la causa principal.

    10. El pleito principal queda suspendido hasta que se resuelva todos estos problemas "estéticos" por falta de independencia judicial.



2) PRIMER EXPEDIENTE DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE ISLAS BALEARES (2 procedimientos)
  1. Se inicia muy poco después del expediente en el hospital, un nuevo expediente por el Colegio de Médicos de Islas Baleares, mal planteado y tramitado en el que se acusa a la Dra. Popel de infracciones deontológicas indeterminadas con el objetivo de expulsarla del Colegio.

    1. Se hace imposible seguir la tramitación porque es caótica y desordenada

    2. Se llega a una sanción que no se comunica ni se emplaza para recurso

    3. Se recurre y no se contesta, sino que se mantiene que la sanción es firme.

    4. JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 3 PALMA DE MALLORCA PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000401 /2022 / Sobre FUNCIONARIOS PUBLICOS

  2. Se inicia un pleito con medidas cautelares e inmediatamente se suspende la sanción en Julio de 2022

    1. El procedimiento queda pendiente de juicio en otoño de 2024


3) PRIMER PROCEDIMIENTO SOCIAL
  1. En verano de 2022 la Dra. Popel desea volver a su puesto de trabajo

  2. El hospital se opone a que vuelva sin mascarilla

  3. La Dra. defiende su derecho a trabajar sin mascarilla por las graves secuelas que padece por un cáncer facial

  4. La dra. pide que se adapte su puesto de trabajo a una función en la que no necesite el uso de mascarilla

  5. El hospital se niega a todo y obliga a la Dra. a incorporarse al trabajo con mascarilla.

  6. La Dra. pide la baja por enfermedad y demanda al hospital por la falta de medidas de prevención adecuadas

  7. PREVENCION DE RIESGOS LABORALES JDO. DE LO SOCIAL N. 1 CIUTADELLA DE MENORCA IAA IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0000385 /2022

    1. En una primera vista se llega al acuerdo de mantener a la Dra. Popel en el puesto no asistencial que se había buscado para ella (calidad y protocolos)

    2. En una segunda vista, la Administración se niega a negociar por cuanto la abogada había apelado la medida cautelar de reincorporación, manifestando que el Gobierno Balear no le permitía negociar ni ceder más.

    3. Después de varias negociaciones, acepta la vuelta al puesto de trabajo de calidad y protocolos hasta que se resuelva el recurso de apelación.

    4. Un par de meses más tarde, se anula la obligatoriedad del uso de mascarilla en los hospitales.

    5. La Dra. Popel se incorpora a su puesto en urgencias y comienzan a presentarse reclamaciones por su labor asistencial de dudoso cuño.

    6. La apelación sigue sin estar resuelta y el procedimiento en el Juzgado de lo Social, sigue pendiente de resolverse.



4) PRIMER PROCEDIMIENTO DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD CONTRA LA DRA. POPEL.
  1. La Dra. Popel sufre un primer acoso en verano de 2022 por parte del Director General de Prestaciones de Islas Baleares que indica a las farmacias que no pueden despachar recetas de la Dra. Popel.

  2. Requerimos una explicación e inmediatamente se retracta en público.

  3. Vigilan las redes sociales de la Dra Popel y a resultas de esa vigilancia visitan un herbolario en el que se encuentra y levantan acta de inspección para inicio de expediente sancionador.

  4. Ese primer expediente sancionador queda en el olvido y no se tramita ni se sanciona a la Dra. Popel por supuestas infracciones de venta y publicidad de medicamentos.

  5. Vuelven a acosar a las farmacias para que no dispensen recetas de la Dra. Popel

  6. Se abre un nuevo expediente por parte de la Dirección General de Prestaciones por publicidad y venta ilegal de medicamentos y se multa con 180.000 euros

  7. Generalmente las pocas multas que se ponen por la ley del medicamento a la industria, no superan los 30.000 euros por grave que sea la infracción. A la dra. popel se la multa en una cuantía 6 veces superior.

  8. DIRECCIÓN GENERAL DE FARMACIA JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO N.º 1 DE PALMA DE MALLORCA Procedimiento Ordinario n.º 209/ 2023

  9. Después del trámite administrativo se presenta demanda y se está a la espera de la contestación de la demanda.



5) SEGUNDO EXPEDIENTE DISCIPLINARIO DEL COLEGIO DE MÉDICOS
  1. A resultas de una denuncia falsa de una paciente (caso vaginitis) que dice

    1. Que la Dra. estaba como ida, como drogada

    2. Que el diagnóstico fue erróneo

    3. Que el tratamiento fue erróneo

    4. Que le recetó remedios caseros y dióxido de cloruro y agua oxigenada

    5. Denuncia ante el Hospital

    6. Denuncia ante el Colegio de Médicos

    7. En menos de 48 horas tiene un programa en television contra la Dra. Popel por recetar lejía

  2. La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos adopta tres acuerdos

    1. Denunciar penalmente a la Dra. Popel

    2. Abrir expediente sancionador

    3. Expulsar a la Dra. Popel del Colegio de Médicos "de manera cautelar"

    4. Oculta a la Dra. las resoluciones

    5. Tramita acción penal y disciplinaria al mismo tiempo.

  3. Anuncian en prensa que ha sido "expulsada del Colegio"

  4. Toman la medida de expulsión y la comunican a la Dra. en el despacho del Gerente del Hospital

  5. Posteriormente entregan la resolución de expulsión cautelar y se recurre y se plantea la recusación de instructor y secretario por participar en otras fases incompatibles y por falta de independencia.

  6. Se inicia el expediente disciplinario y se presentan alegaciones y recursos

  7. Se dicta resolución de expulsión pero se suspende el procedimiento al existir causa penal.

  8. Se recurre la resolución pero no se resuelve el recurso por estar suspendido el procedimiento

  9. Es evidente que se compatibilizó y se simultaneó ilícitamente el procedimiento disciplinario y la acción penal para alcanzar la mayor indefensión en la Dra. Popel.

  10. SE PRESENTA DEMANDA EN EL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

    1. JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 3 PALMA DE MALLORCA Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000026 /2024 Sobre ADMINISTRACION INSTITUCIONAL Y CORPORATIVA

    2. La demanda y las medidas cautelares quedan "ignoradas" por la Juez de refuerzo hasta 5 meses después.

    3. Pendiente de avanzar a fase de demanda.



6) DENUNCIAS PENALES (2 procedimientos)
  1. En septiembre de 2023 el Colegio de Médicos presenta denuncia por un presunto delito contra la salud contra la Dra. Popel.

    1. JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 MAÓ-MAHÓN DPA DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000376 /2023 Delito Leve: SOBRE SUSTANCIAS NOCIVAS PARA LA SALUD

    2. No aportan prueba alguna y solicitan que sea la Juez la que aporte pruebas.

    3. La Juez se niega a practicar las pruebas del colegio salvo la pericial forense.

    4. El forense hace suyas las pruebas solicitadas por el colegio de médicos (informes)

    5. El primer informe viene sin firmar, y rechazamos ese tipo de informes.

    6. Testifica el presidente del colegio que no aporta ningún detalle ni prueba sobre su denuncia y confirma que todo se decidió al mismo tiempo.

    7. Testifica la paciente de la vaginitis e insiste en el relato manifiestamente falso.

    8. Solicitamos deducción de testimonio contra la testigo por su relato manifiestamente falso.

  2. El mayo de 2024 ingresa una paciente de la Dra. Popel en UCI tras la aplicación de ozono.

  3. Automáticamente sale publicado en prensa y el Colegio de Médicos solicita medidas cautelares

    1. Prohibición de acercarse al Hospital Mateu Orfila

    2. Prohibición de acercarse a cualquier centro médico o sanitario

    3. Prohibición del ejercicio profesional

  4. Nos oponemos y la fiscalía también y la juez rechaza la petición

  5. El Gerente del Hospital presenta denuncia por un delito de lesiones y se manifiesta que la dra. daba lejía a la paciente.

    1. DENUNCIA PENAL HOSPITAL JDO. PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION 1 DE MAHON Dpa 170/2024

    2. Se piden medidas cautelares análogas a las pedidas por el Colegio de Médicos pero habiendo fracasado los primeros, el Gerente desiste de las medidas

    3. la responsable de UCI manifiesta en carta

      1. El ozono es tóxico

      2. La dra. Popel no tiene conciencia

      3. La paciente está sometida mentalmente

    4. El Juez de instrucción se inhibe de la causa y se la traslada al juzgado nº 3

    5. Aportan fotos de los envases que llevaba la Dra. en el bolso

    6. Piden la testifical de la paciente.

  6. Pendiente de finalizar instrucción.



7) DEMANDA EN DEFENSA DEL HONOR DE LA DRA POPEL
  1. En octubre de 2023 se presenta demanda contra cuantos han participado en el escarnio público de la Dra. Popel.

  2. Se admite y se emplaza a los demandados para que contesten.

    1. JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 DE MAÓ-MAHÓN OR7 ORDINARIO RETRACTO-249.1.7 0000579 /2023 Procedimiento origen: / Sobre OTRAS MATERIAS

  3. Se retrasa porque el Director General de Prestaciones está ilocalizable.

  4. Procedimiento en pausa



8) DENUNCIA POR SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD
  1. Alguien en Telegram crea canales a nombre de la Dra. Popel

  2. Ofrece los servicios de la Dra. Popel.

  3. Emplea el número de cuenta de la Dra. Popel

  4. Consigue estafar varios miles de euros a la mujer de un paciente

  5. Presentamos denuncia por lo ocurrido

    1. Suplantación y estafa JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE TORRENT Diligencias Previas [DIP] Nº 001341/2023-C Delito/Falta: Estafa (todos los supuestos),

  6. Dos víctimas: la dra. Popel y la mujer del paciente

  7. El juzgado se empeña en que la denunciante sea la mujer y la denunciada la Dra.

  8. Anulamos dicha pretension y mantenemos a las dos denunciantes

  9. Está claro que el sustituto no tenía como principal objetivo la estafa sino implicar a la Dra. Popel en un delito de estafa que permitiese detenerla.

  10. La policía elude la orden del juez de localizar al autor de la estafa.

  11. No es la primera vez que vemos un montaje de una estafa simulada para inculpar a una persona y poderlo detener y sacar la noticia en las televisiones, y no es la primera vez que es fácil intuir que detrás de estas simulaciones de estafa están agentes de policía en activo y en reserva y colaboradores de la policía. Es pronto para adivinar si la simulación de estaba es perpetrada por "ratillas" contratadas por el regulador de medicamentos, por el Colegio de Médicos o por el Gobierno Balear, pero existe ese fumus bonis iuris legítimo.

  12. Este intento de suplantar la identidad de la Dra. Popel no ha sido único sino que se ha repetido en otras ocasiones.

  13. El procedimiento permanece pausado.



9) SEGUNDO EXPEDIENTE DISCIPLINARIO CONTRA LA DRA. POPEL POR EL HOSPITAL
  1. La Dra. quedó suspendida de empleo en septiembre de 2023 por haber sido expulsada del colegio. No puede trabajar como médico si no está colegiada.

  2. La suspensión puede durar como máximo 6 meses

  3. Al terminar los seis meses de suspensión, la Dra. sigue sin estar colegiada oficialmente y no puede volver al trabajo.

  4. El hospital no comunica ninguna medida de alzamiento de la suspensión de empleo

  5. El hospital no comunica la finalización de la suspensión ni comunica calendario, horario y puesto de trabajo.

  6. El hospital comunica la apertura de un nuevo expediente disciplinario por no haberse incorporado a trabajar.

  7. Se realiza el trámite de comparecencia por videoconferencia



10) ACCIONES PENDIENTES DE INICIAR
  1. Demanda por acoso laboral

    1. Se denunció el acoso en septiembre de 2023

    2. La administración no contesta

    3. Pendiente de iniciar demanda en el juzgado de lo social por acoso laboral




Estos 10 bloques de actuaciones con 15 procedimientos judiciales, dan muestra del acoso institucional que sufre la Dra. Popel y la carga de trabajo que supone su defensa.

En términos generales podemos sentirnos satisfechos porque la Dra. Popel sigue ejerciendo y ayudando a sus pacientes con distintas alternativas que serían imposibles en el Hospital.

  1. Los pacientes acceden libremente a la Dra. Popel. Nadie es coaccionado para dejarse tratar. A nadie se le impone una solución.

  2. Los pacientes buscan alternativas a lo que les ofrece el sistema público

  3. Los pacientes aceptan consciente y voluntariamente los tratamientos y cuidados que propone la Dra. Popel.

  4. Todos los pacientes son explorados, historiados e informados por la Dra. Popel.

  5. En ningún caso se han empleado métodos o productos ilegales.

  6. En ningún caso la Dra. Popel ha realizado publicidad o promoción, sino simplemente divulgación sanitaria.

  7. Ningún paciente de la Dra. Popel ha presentado reclamación

  8. La Dra. Popel obtiene resultados positivos con su enfoque

  9. La Dra. Popel documenta los casos y los resultados de los tratamientos compasivos


Nos quedan unos cuantos años hasta que consigamos desenredar esta situación y otros tantos hasta que terminen en la cárcel los culpables de tanto acoso. Y todo, por haber manifestado que las vacunas estaban causando unos problemas que todo el mundo reconoce.

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